| Datum | 13.10.2026 |
| Subjekt | Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana |
| Region | Spanien |
| Kategorie | Bankwesen, Finanzen und Investitionen, Transport, Staatsverwaltung und Selbstverwaltung |
El Real Decreto de concesión directa regula la concesión de fondos para financiar el transporte público colectivo metropolitano en 2026.
El Consejo de Ministras y Ministros, a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, ha aprobado hoy un Real Decreto para la concesión directa de cuatro subvenciones por un importe total de 363,7 millones de euros dirigidas a financiar el transporte público colectivo metropolitano de Madrid, Barcelona, València y Canarias durante el ejercicio 2026. La cuantía es la misma que la del ejercicio 2025.
En concreto, estas ayudas se destinan a la financiación del transporte público regular de viajeros de ámbito metropolitano del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, de la Autoridad del Transporte Metropolitano de Barcelona (Autoritat del Transport Metropolità), de la Autoridad del Transporte Metropolitano de València (Autoritat del Transport Metropolità de València), así como de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Las ayudas se desglosan de la siguiente manera:
El transporte regular de viajeros de estas áreas metropolitanas o insulares se caracteriza por un importante volumen de población afectada, gran intensidad de desplazamientos, la participación de varias administraciones en su gestión y la afectación de su funcionamiento sobre la actividad económica general y de diversos sectores.
Este transporte público ostenta, además, carácter de servicio público esencial al tener una incidencia notable en el desarrollo ordinario, tanto de las actividades cotidianas de los ciudadanos en diversos órdenes de sus vidas, como de múltiples actividades económicas, profesionales o sociales. Atender las necesidades de movilidad de un volumen significativo de población justifica esta financiación, que contribuye al funcionamiento ordinario de este servicio público esencial.
Los beneficiarios tienen un plazo de diez días hábiles, a contar desde la entrada en vigor de este real decreto, para presentar sus solicitudes, así como el resto de la documentación requerida. El plazo máximo para notificar la resolución de concesión será de cuarenta y cinco días hábiles a contar igualmente desde la entrada en vigor de este mismo Real Decreto.
https://www.transportes.gob.es/ministerio/comunicacion/sala-prensa/mar-13102026-1351