Reclamamos el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Directiva Penal Ambiental

4.8.2026 - | SEO/BirdLife

Tras la apertura de un procedimiento de infracción por no haber transpuesto la Directiva Penal Ambiental en plazo, exigimos una reforma urgente y ambiciosa del Código Penal para reforzar la lucha contra los delitos ambientales y evitar que España siga liderando el incumplimiento de la normativa europea, con 95 directivas pendientes de transposición.

La lucha contra la impunidad ambiental en la Unión Europea sufre un nuevo varapalo. Tachamos de «muy preocupante» que España haya dejado pasar el plazo legal para transponer la Directiva (UE) 2024/1203, la norma comunitaria destinada a blindar la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal. El retraso en la incorporación de esta herramienta clave —cuyo plazo límite expiró el pasado 21 de mayo de 2026— ha obligado a la Comisión Europea a abrir un procedimiento de infracción contra nuestro país. Una llamada de atención que comparte con otros 22 Estados miembros, evidenciando un grave e incomprensible freno colectivo en la aplicación efectiva de la justicia ambiental en el continente.

“Es inaceptable que España siga acumulando retrasos en la incorporación de normas europeas esenciales para la protección de la naturaleza. Mientras la criminalidad ambiental crece y se sofistica, nuestro ordenamiento jurídico continúa sin adaptarse plenamente a las nuevas exigencias europeas”, denuncia David de la Bodega Zugasti, responsable de Acción Legal de SEO/BirdLife. Además, el portavoz recuerda que nuestra organización ya había advertido formalmente de este escenario en dos cartas dirigidas al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Y es que, según los últimos datos de la Comisión Europea (correspondientes a junio de este año), España encabeza el ranquin europeo de retrasos con 95 directivas comunitarias pendientes de transposición. Esta cifra duplica con creces la del segundo país en la lista, Dinamarca, que acumula 45 normas pendientes.

Para la organización, estas demoras resultan inasumibles en un contexto crítico donde los delitos ambientales constituyen ya la cuarta actividad criminal organizada más importante del planeta. Según estimaciones de la propia Comisión Europea, este fenómeno genera unas pérdidas mundiales de entre 80.000 y 230.000 millones de euros al año. Por ello, exigimos al Gobierno máxima celeridad para adecuar el Código Penal y evitar que España siga rezagada en la protección legal de nuestro patrimonio natural.

Una oportunidad para reforzar la protección penal del medio ambiente

La nueva Directiva europea actualiza y amplía el catálogo de delitos ambientales, incorpora nuevas conductas relacionadas con la contaminación, la gestión ilegal de residuos, el tráfico de especies, la deforestación o las sustancias peligrosas, e impone sanciones más severas para los casos que provoquen daños graves, extensos y duraderos al medio ambiente. También exige reforzar la responsabilidad penal de las empresas y la cooperación judicial y policial entre Estados miembros.

Un análisis elaborado recientemente por SEO/BirdLife concluye que el Código Penal español presenta lagunas para cumplir plenamente con las obligaciones de la Directiva. El informe identifica varios delitos exigidos por la normativa europea que todavía no cuentan con una tipificación específica en España, así como deficiencias en materia de sanciones, responsabilidad de las personas jurídicas y agravantes por daños ambientales especialmente graves.

Entre las principales carencias que hemos detectado destacan la ausencia de tipos penales específicos para conductas como la introducción y comercialización de especies exóticas invasoras; el comercio y uso ilegal de sustancias químicas peligrosas, mercurio, pesticidas y biocidas prohibidos; la venta e importación de productos procedentes de zonas deforestadas o la extracción ilegal de aguas con daños ambientales significativos. Asimismo, el informe recomienda reforzar las penas previstas para los delitos más graves e integrar de forma más efectiva la imprudencia grave en los delitos contra el medio ambiente.

La Estrategia Nacional contra los delitos ambientales, otra asignatura pendiente

La transposición de la Directiva no es la única obligación que España debe cumplir. La normativa europea exige que todos los Estados miembros establezcan y publiquen antes del 21 de mayo de 2027 una estrategia nacional de lucha contra los delitos ambientales que defina prioridades, objetivos, responsabilidades, recursos y mecanismos de coordinación entre las diferentes autoridades implicadas, además de prever su revisión periódica.

En este sentido, consideramos que la elaboración de esta estrategia constituye una oportunidad para mejorar la prevención, detección, investigación y persecución de los delitos ambientales mediante un enfoque basado en la evidencia científica, la cooperación interinstitucional y la participación de todos los actores relevantes. Asimismo, creemos que el proceso debe desarrollarse con transparencia y contar con la implicación de administraciones públicas, agentes de la autoridades, operadores jurídicos, comunidad científica y sociedad civil.

Con el objetivo de apoyar a los Estados miembros en esta tarea, una coalición europea de organizaciones conservacionistas, en la que está integrada BirdLife Europe, ha publicado recientemente la Guía para la elaboración de estrategias nacionales eficaces contra los delitos medioambientales. El documento ofrece recomendaciones para diseñar estrategias ambiciosas y eficaces, incluyendo la realización de diagnósticos previos, la definición de objetivos medibles e indicadores de seguimiento, la asignación de recursos suficientes, la formación especializada de las autoridades competentes y la creación de mecanismos de evaluación y rendición de cuentas.

Hacia un verdadero Derecho penal ambiental europeo

Llevamos años trabajando para mejorar la respuesta jurídica frente a la criminalidad ambiental mediante iniciativas como la desarrollada por los proyectos LIFE Guardianes de la Naturaleza, así como a través de estudios sobre la aplicación del Derecho penal ambiental, la eficacia de las sanciones y las causas de la criminalidad contra la biodiversidad.

Por ello, consideramos que la apertura de este procedimiento de infracción debe servir como una oportunidad para impulsar una transposición ambiciosa que no se limite a cumplir formalmente con las exigencias europeas, sino que contribuya realmente a prevenir y perseguir los delitos que destruyen la naturaleza.

«Necesitamos un sistema penal capaz de responder a los desafíos ambientales del siglo XXI. La destrucción de hábitats, el tráfico de especies, los vertidos contaminantes o las grandes catástrofes ecológicas no pueden seguir encontrando espacios de impunidad. España debe aprovechar esta reforma para situarse a la vanguardia de la protección jurídica de la naturaleza y no a la cabeza de los incumplimientos europeos», concluye de la Bodega.

La Comisión Europea ha concedido ahora un plazo de dos meses a España para responder a la carta de emplazamiento y comunicar las medidas necesarias para completar la transposición de la Directiva. En caso de no ofrecer una respuesta satisfactoria, el procedimiento podría avanzar hacia la emisión de un dictamen motivado, paso previo a una eventual denuncia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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